La palabra suena antigua, pero la usura es hoy la base de miles de reclamaciones de microcréditos, préstamos rápidos y tarjetas. Te explicamos qué significa en la práctica.
Qué dice la ley
La Ley de 23 de julio de 1908, conocida como Ley Azcárate, declara nulo todo contrato de préstamo en el que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, o aceptado por el prestatario por su situación angustiosa, su inexperiencia o lo limitado de sus facultades.
Cómo la aplican los tribunales
Desde 2015, el Tribunal Supremo aplica esta ley a los créditos al consumo y ha precisado que, cuando el interés es notablemente superior al normal del dinero y no hay circunstancias excepcionales que lo justifiquen, no hace falta demostrar que el consumidor firmó por una situación desesperada.
El «interés normal del dinero» se mide con las estadísticas del Banco de España para operaciones del mismo tipo y en la misma fecha. Por eso no hay una cifra única: depende del producto y del momento.
Qué consecuencias tiene
La nulidad por usura es radical: el prestatario solo está obligado a devolver el capital recibido. Si ya ha pagado más, tiene derecho a que se le devuelva la diferencia.
¿Y los microcréditos?
Los préstamos rápidos suelen tener TAE muy altas, a menudo muy por encima de cualquier referencia de mercado. Por eso son uno de los productos que más se reclaman por usura. Aun así, cada contrato debe analizarse por separado.
Antes de reclamar conviene revisar la TAE, la fecha del contrato y lo pagado. Es lo que hacemos en el estudio gratuito de tu caso.
Este artículo tiene carácter informativo y general. No sustituye al estudio de tu caso concreto, que depende de tu documentación y circunstancias.

